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Un conflicto de poderes, una lucha de sentencias

ESTATUTO QUE RIGE LA TRANSICIÓN A LA DEMOCRACIA PARA RESTABLECER LA VIGENCIA DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA  

Este estatuto está destinado al procedimiento que guiará el rescate de la democracia en Venezuela, para restituir la vigencia de la Constitución del país suramericano. Este acto se realizó invocando el artículo 333 de la Carta Magna. Su objetivo es recuperar la Constitución, desde la propia Constitución.

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ACUERDO EN RATIFICACIÓN DE LA SOBERANÍA NACIONAL SOBRE EL TERRITORIO ESEQUIBO, SU FACHADA ATLÁNTICA Y LA ZONA ECONÓMICA EXCLUSIVA QUE GENERAL EL DELTA DEL ORINOCO

Se trata de un decreto en el que la Asamblea Nacional rechaza las acciones unilaterales que ha desarrollado el Gobierno de la República Cooperativa de Guyana, que incurrido en la violación del Acuerdo de Ginebra de 1966, en medio de una crisis política y humanitaria que atraviesa Venezuela.

Asimismo, el acuerdo solicita al Grupo de Lima, Estados Unidos y la Caricom que intercedan para contribuir en la búsqueda de una solución pacífica a la disputa.

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ACUERDO DE CREACIÓN DEL FONDO DE RECUPERACIÓN DE ACTIVOS PRODUCTO DE LA CORRUPCIÓN

Es un descrito que establece una solicitud de cooperación internacional para la estructuración de un fondo en el que se protejan los activos resultantes de actividades corruptas que se han desarrollado en Venezuela; buscando que sean garantizados y, posteriormente, devueltos al país para invertir en políticas públicas que ayuden a solucionar la crisis humanitaria.

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ACUERDO EN RECHAZO A LOS CONTRATOS DE SERVICIOS SUSCRITOS POR PDVSA QUE PERMITEN QUE EMPRESAS PRIVADAS ACTÚEN EN ACTIVIDADES PRIMARIAS DE HIDROCARBUROS

El documento exige al gabinete del oficialismo, liderado por Nicolás Maduro, y al Ministerio del Poder Popular del Petróleo que se comparta información y datos referentes a los contratos y concesiones de servicios con compañías privadas; para que, posteriormente, se autorice la ejecución de actividades primarias relacionadas a los yacimientos de hidrocarburos. A partir de esto, el tema se discutiría en una sesión plenaria, según lo establecido en la Constitución de la República y en la Ley Orgánica de Hidrocarburos, se proceda a discutirlo y someterlo a votación.

Asimismo, el decreto declara como nulo todos aquellos contratos que se formularon sin la aprobación de la Asamblea Nacional.

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ACUERDO PARA LA AUTORIZACIÓN DE LA AYUDA HUMANITARIA PARA ATENDER LA CRISIS SOCIAL QUE SUFRE EL PUEBLO VENEZOLANO

Este acuerdo aprueba la ayuda humanitaria para encarar y atender la crisis social que hay en Venezuela, fuera de toda politización o uso propagandístico. Del mismo modo, insta a los organismos multilaterales a no permitir el monopolio del Gobierno sobre la distribución de la asistencia.

En ese sentido, solicita la aprobación de activos de organismos bilaterales para subsidiar a las comunidades más vulnerables.

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ACUERDO EN SOLICITUD DE PROTECCIÓN DE ACTIVOS DEL ESTADO VENEZOLANO ANTE LOS PAÍSES DE ARGENTINA, BRASIL, CANADÁ, CHILE, COLOMBIA, COSTA RICA, GUATEMALA, GUYANA, HONDURAS Y PANAMÁ

En primer lugar, el decreto reitera que los comicios presidenciales celebrados el 20 de mayo de 2018 son una “farsa”, en vista de que se realizaron “completamente al margen de lo dispuesto en Tratados de Derechos Humanos, la Constitución y las Leyes de la República”.

También, busca recordar a Venezuela y a la comunidad internacional que, desde el 10 de enero de 2019, Nicolás Maduro “está usurpando” la Presidencia.

Motivado a esto, el documento solicita a Argentina, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Guatemala, Guyana, Honduras, Panamá, Paraguay, Perú, Estados Unidos, Bulgaria, Rusia, China, Turquía, Emiratos Árabes y la Unión Europea que exhorten a entes regulatorios de las instituciones financieras “la prohibición expresa de cualquier manejo de activos líquidos del Estado venezolano en las cuentas acreditas en ese país con el fin de garantizar la protección de los activos del Estado venezolano por no contar el Estado venezolano con representación legal ante los entes regulatorios”.

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ACUERDO SOBRE LA DECLARATORIA DE USURPACIÓN DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA POR PARTE DE NICOLÁS MADURO MOROS Y EL RESTABLECIMIENTO DE LA VIGENCIA DE LA CONSTITUCIÓN

El decreto declara, oficialmente, la “usurpación de la Presidencia de la República” por parte del ejecutivo en cuestión. Por tal razón, define como “jurídicamente ineficaz la situación de facto de Nicolás Maduro y reputar como nulos todos los supuestos actos emanados del Poder Ejecutivo, de conformidad con el artículo 138 de la Constitución”.

En este contexto, el decreto determina la decisión de adoptar, bajo la aplicación del artículo 233, medidas que permitan restituir las “condiciones de integridad electoral para, una vez cesada la usurpación y conformado efectivamente un Gobierno de Transición, proceder a la convocatoria y celebración de elecciones libres y transparentes en el menor tiempo posible, conforme a lo previsto en la Constitución y demás leyes de la República y tratados aplicables”.

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ACUERDO SOBRE LA NECESIDAD DE UNA LEY DE AMNISTÍA PARA LOS CIVILES Y MILITARES QUE APEGÁNDOSE AL ARTÍCULO 333 DE LA CONSTITUCIÓN COLABOREN EN LA RESTITUCIÓN DEL ORDEN

Por medio de este acuerdo, se decreta una “Ley de Amnistía y de Reconocimiento de todas las Garantías de Reinserción Democrática para los Funcionarios Civiles y Militares que colaboren o hayan colaborado en la Restitución del Orden Constitucional y la Restauración del Sistema Democrático en Venezuela”.

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ACUERDO EN CONMEMORACIÓN DEL SEXAGÉSIMO PRIMERO ANIVERSARIO DEL 23 DE ENERO DE 1950, DÍA EN EL QUE EL PUEBLO VENEZOLANO RESCATÓ LA DEMOCRACIA

El decreto hace conmemoración al 23 de enero de 1950, valorándolo como una “fecha gloriosa”, que debe ser recordada como un “hito en la recuperación de la democracia y sus instituciones”.

En el marco de esta fecha, el acuerdo exige “el cese de la usurpación de un gobierno ilegítimo e inconstitucional”, para darle paso a la instalación de un Gobierno interino que permita organizar elecciones libres en Venezuela.

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ACUERDO DE RATIFICACIÓN DE LA ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA A LA CARTA DE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA)

Este acuerdo busca reintegrar a Venezuela en el organismo internacional, ante la “supuesta denuncia” de la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA) realizada por Maduro; asegurando que “es jurídicamente inexistente y no produce efectos jurídicos”.

Igualmente, el decreto pide asegurar la representación de Venezuela en la organización.

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ACUERDO DE DESIGNACIÓN DEL REPRESENTANTE PERMANENTE ANTE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS

El acuerdo confirma la designación de Gustavo Tarre Briceño como el Representante Permanente de la República Bolivariana de Venezuela ante la OEA. Su propósito es trabajar con el organismo para definir las acciones que busquen el restablecimiento “del orden constitucional y democrático”.

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ACUERDO PARA LA PROMOCIÓN DEL PLAN PAÍS

A través de este decreto, se designa una “Comisión Especial” de diputados de la AN para estructurar, conformar y promocionar el Plan de Rescate del País.

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ACUERDO EN RECHAZO A LAS AGRESIONES Y REPRESIÓN CONTRA EL PUEBLO VENEZOLANO EN EL MARCO DE LAS MANIFESTACIONES EN RESPALDO A LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 233 DE LA CONSTITUCIÓN

El decreto busca rechazar “contundentemente” las acciones de represión y violencia por parte de miembros de las fuerzas de seguridad del Gobierno y grupos paramilitares “afines al régimen”, que se han registrado durante diversas protestas ciudadanas exigiendo la aplicación del artículo 233 establecido en la Constitución.

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ACUERDO SOBRE EL APOYO A LA DEMOCRACIA POR PARTE DEL GRUPO DE LIMA Y PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA

Este decreto agradece el apoyo de los países europeos y al Grupo de Lima por “colocarse al lado de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, su Asamblea Nacional” y la lucha por el restablecimiento del Estado de Derecho y “el Imperio de la Ley” en el territorio nacional.

De igual manera, agradece a la UE y al Grupo de Lima el reconocimiento a Juan Guaidó, cabecilla de la AN, como presidente encargado de Venezuela.

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ACUERDO QUE AUTORIZA EL NOMBRAMIENTO PARA EJERCER LOS CARGOS DEL ÓRGANO DE INTERVENCIÓN, LLAMADO “JUNTA ADMINISTRADORA AD-HOC”, QUE ASUMA LAS FUNCIONES DE LA ASAMBLEA DE ACCI

Este acuerdo autoriza a Juan Guaidó para designar nuevos miembros de la Junta de Administración Ad-hoc de Petróleos de Venezuela S.A (Pdvsa).

En ese sentido, las nuevas directivas estarían constituidas por las siguientes personas:

Junta de Administración Ad-hoc de Pdvsa:

  1. Simón Antunes.

  2. Gustavo J. Velásquez.

  3. Carlos José Balza.

  4. Ricardo Alfredo Prada.

  5. David Smolansky.

Junta de PDV Holding, Inc.:

  1. Luisa Palacios.

  2. Edgar Rincón.

  3. Oswaldo Núñez.

  4. Fernando Vera.

  5. Elio Tortolero.

  6. Andrés Padilla.

Junta de Citgo Holding, Inc.:

  1. Luisa Palaciones.

  2. Edgar Rincón.

  3. Ángel Olmeta.

  4. Oswaldo Núñez.

  5. Javier Troconis.

  6. Rick Esser.

Junta de Citgo Petroleum Corporation:

  1. Luisa Palacios.

  2. Edgar Rincón.

  3. Luis Urdaneta.

  4. Ángel Olmetta.

  5. Andrés Padilla.

  6. Rick Esser.

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ACUERDO PARA LA AUTORIZACIÓN DE INGRESO AL PAÍS DE LA AYUDA HUMANITARIA

El decreto autoriza, fundamentado en los artículos de la Constitución, el ingreso de la ayuda humanitaria que fue ofrecido por actores de la comunidad internacional. Los cargamentos estarían conformados por medicamentos, insumos y material médico, alimentos, suplementos nutricionales y productos de higiene doméstica o higiene personas, para atender la crisis.

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ACUERDO EN RECHAZO A LA EXPULSIÓN DE LOS EURODIPUTADOS POR PARTE DEL RÉGIMEN USURPADOR DE NICOLÁS MADURO MOROS

El documento solicita a la comunidad internacional que denuncie las decisiones y acciones ejecutadas por el gobierno de Nicolás Maduro, que “rememoran a las dictaduras más cruentas del mundo”; ya que el dirigente del oficialismo expulsó a varios eurodiputados del país. Motivado a esto, el documento hace un llamado a Federica Mogherini, alta representante de la Unión Europea para la Política Exterior y Defensa y al Presidente del Parlamento Europeo, Antonio Tajani, por este “nuevo atopello a la libertad, para que denuncien estos hechos que demuestran el carácter autocrático y tirano” del gabinete de Maduro.

Asimismo, se ofrecen disculpas “por esta afrenta del régimen usurpador y tirano de Nicolás Maduro”.

Por otra parte, el decreto agradece el “apoyo incondicional” a la causa libertaria de Venezuela.

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ACUERDO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA RUTA ELECTORAL PARA LOGRAR ELECCIONES LIBRES EN EL MARCO DE LA TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA

El acuerdo busca establecer como prioridad la organización de un cronograma de reformas institucionales que permitan rescatar las “condiciones de integridad electoral”, para poder realizar elecciones libres y transparentes.

De igual modo, tiene como propósito comenzar los trámites pertinentes para la conformación del Comité de Postulaciones Electorales para nombrar a los rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE).

 

ACUERDO EN “RECONOCIMIENTO DE LAS INMUNIDADES Y PRIVILEGIOS DEL SR. JAMES STORY, ENCARGADO DE NEGOCIOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EN VENEZUELA Y DE LAS INSTALACIONES Y ARCHIVOS DE SU MISIÓN DIPLOMÁTICA POR PARTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE VENEZUELA Y DEL PRESIDENTE ENCARGADO, JUAN GUAIDÓ”.

Este decreto agradece al gobierno de Estados Unidos, cuyo presidente es Donald Trump, por respaldar la causa de la restitución de la democracia y el reconocimiento a Juan Guaidó como presidente encargado de Venezuela.

De igual forma, el acuerdo establece que las relaciones de Venezuela con el gabinete estadounidense siguen intactas y vigentes. Por lo que insta a la misión diplomática de Estados Unidos a permanecer en el país, aunque Nicolás Maduro haya definido un plazo de horas para su salida.

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ACUERDO MONÓMEROS COLOMBO VENEZOLANOS S.A / ACUERDO QUE PRESENTA LA COMISIÓN PERMANENTE DE ENERGÍA Y PETRÓLEO DE LA ASAMBLEA NACIONAL PARA AUTORIZAR EL NOMBRAMIENTO DE LA JUNTA ADMINISTRADORA AD-HOC QUE ASUMA LAS FUNCIONES DE LA ASAMBLEA DE ACCIONISTAS Y JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA PETROQUÍMICA DE VENEZUELA S.A, LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA MONÓMEROS COLOMBO VENEZOLANOS S.A, Y AQUELLAS JUNTAS DIRECTIVAS DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES EN LAS CUÁLES PETROQUÍMICA DE VENEZUELA S.A SEA PROPIETARIA DE MÁS DEL 50% DEL CAPITAL SOCIAL, Y QUE SEAN ACCIONISTAS MONÓMEROS COLOMBO VENEZOLANOS S.A.

El documento autoriza a Juan Guaidó para designar la junta administradora Ad-hoc y la junta directiva de Petroquímica de Venezuela S.A (Pequiven), cuyo objetivo es ejecutar todas las acciones necesarias para representar a esta compañía como accionista de Monómeros Colombo Venezolanos S.A.

La nueva directiva se distribuye de la siguiente manera:

Administradora Ad-hoc de Pequiven:

  1. Jon Bilbao.

  2. Enrique Torres.

  3. Fernando Asenjo.

  4. Iván Ángel Ivanoff Socorro.

  5. Rogelio Lozada.

Miembros principales de la junta directiva de Monómeros Colombo Venezolanos S.A

  1. Jon Bilbao.

  2. Carmen Elisa Hernández.

  3. José Alberto De Antonio.

  4. José Ignacio González Álvarez.

  5. Yadid Jalaf Reyes.

Miembros suplentes de la junta directiva de Monómeros Colombo Venezolanos S.A

  1. Tom Delfino.

  2. Freddy Goerke.

  3. Jorge Yánez.

  4. Maira Olivares.

  5. Ceimi Dayana Martínez Budez.

Miembros principales del comité ejecutivo de Monómeros Colombo Venezolanos S.A

  1. Rafael Primera Naveda.

  2. Carmen Elisa Hernández.

  3. Javier Linares.

Miembros suplentes del comité ejecutivo de Monómeros Colombo Venezolanos S.A

  1. Tom Delfino.

  2. Yadid Jalaf Reyes.

  3. Ceimi Dayana Martínez Budez.

Presidente de Monómeros Colombo Venezolanos S.A.:

Jon Bilbao.

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ACUERDO DE RATIFICACIÓN DE LA USURPACIÓN DEL PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA Y EN APOYO DEL PROCURADOR ESPECIAL

Se ratifica, por medio de este decreto, que los actos y contratos suscritos y adoptados por Reinaldo Muñoz Pedroza, como Procurador General de la República, son “inexistentes”.

Motivado a esto, se confirma que la representación judicial y extrajudicial recaerá, “exclusivamente”, en el Procurador Especial nombrado por el Gobierno de transición.

Por ello, exhorta a las cortes extranjeras, tribunales arbitrales internacionales y autoridades de Estados extranjeros a no aceptar al delegado del gabinete de Nicolás Maduro, Reinaldo Muñoz, o a cualquier de los abogados que él haya designado.

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ACUERDO PARA LA INCORPORACIÓN, REINSTITUCIONALIZACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL EN EL RESCATE DEL ORDEN DEMOCRÁTICO CONSTITUCIONAL Y EN EL FUTURO PROCESO DE DESARROLLO DE LA REPÚBLICA

El acuerdo reitera el compromiso del gobierno interino de Juan Guaidó con los militares venezolanos para que se incorporen en el rescate del orden constitucional, contribuyan y participen en el proceso de institucionalización democrática de Venezuela.

Por ello, el decreto también asegura que, de ser necesario, la AN está dispuesta a aprobar las reformas legales necesarias para mantener la estabilidad e independencia de la profesión militar; así como también su seguridad.

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ACUERDO ANTE LA GRAVE SITUACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS EN VENEZUELA

Por medio de este decreto, se exhorta a las Comisiones Permanentes de Contraloría, Finanza y Desarrollo Económico, Energía y Petróleo y Administración y Servicios; así como a la de Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, la revisión detallada de las fallas en los servicios públicos para desarrollar acciones conjuntas que permitan establecer soluciones “reales”, para solventar la crisis venezolana.

Por ello, el documento responsabiliza a la Comisión Permanente de Administración y Servicios y la Comisión Especial de Ayuda Humanitaria, de la conformación de un grupo técnico “de alto nivel” que pueda desarrollar un informe sobre la situación a nivel nacional que integre los siguientes puntos: Situación hospitalaria; situación escolar, personas en condiciones vulnerables y en alto riesgo, etc. La idea de este boletín es ser compartido al Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU).

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ACUERDO EN REPUDIO DE LA ACTUACIÓN DE GRUPOS PARAMILITARES AMPARADOS POR LOS USURPADORES PARA REPRIMIR AL PUEBLO VENEZOLANO

La Asamblea Nacional emite un acuerdo para declarar su solidaridad con el pueblo venezolano “que hoy se encuentra sometido a la mayor crisis social, política y económica de la historia” de Venezuela, y a la persecución por parte de grupos irregulares afines al gabinete oficialista, conocidos como “colectivos”.

Motivado a esto, el decreto declara como “terrorismo de Estado” la actuación de estos grupos paramilitares que, “amparados por quienes usurpan el poder, han sometido a la ciudadanía venezolana a persecución y muerte”.

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ACUERDO QUE AUTORIZA A JUAN GUAIDÓ PARA LA AMPLIACIÓN DE LAS FACULTADES OTORGADAS Y EL NÚMERO DE MIEMBROS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA AD-HOC DE PETRÓLEOS DE VENEZOLA, S.A. (PDVSA)

El decreto autoriza a Juan Guaidó para modificar y ampliar la junta administradora Ad-hoc de Pdvsa que fue, anteriormente, designada el pasado 12 de febrero.

En ese sentido, se integran a la directiva los siguientes nombres:

  1. Simón Antunez.

  2. Gustavo J. Velásquez.

  3. Carlos José Balza.

  4. Ricardo Alfredo Prada.

  5. Luis Pacheco.

  6. Claudio Martínez.

Mientras que, la presidencia será ejercida por el ingeniero, Luis Pacheco.

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ACUERDO EN RECHAZO A LA DEMANDA INCOADA POR LA REPÚBLICA COOPERATIVA DE GUYANA DE ELEVAR EN LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA (CIJ) CONTRA LA RECLAMACIÓN DE VENEZUELA DEL TERRITORIO ESEQUIBO

El acuerdo exhorta a la República Cooperativa de Guyana al desistimiento de su demanda intentada unilateralmente ante la Corte Internacional de Justicia; solicitando al gobierno de Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte que impulse a Guyana a renunciar a la citada demanda y a cumplir con el Acuerdo de Ginebra, reanundando las negociaciones sobre la disputa del territorio Esequibo.

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ACUERDO SOBRE LA CREACIÓN DEL CENTRO DE COMUNICACIÓN NACIONAL

Se aprueba, con este decreto, la creación de un Centro de Comunicación Nacional, que sea la institución oficial de información del “Gobierno legítimo y fuerzas democráticas durante el cese de usurpación”. El objetivo del mismo es asegurar al pueblo de Venezuela y a la comunidad internacional el acceso a la información veraz, libre y oportuna, evadiendo la “censura, hegemonía y manipulación comunicacional del régimen dictatorial”.

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ACUERDO SOBRE LA ACCIÓN NACIONAL PARA EL DESARME

El presente acuerdo insta a las Fuerzas Armadas de Venezuela y restantes instituciones del Estado a impulsar y procurar actividades “de entrega voluntaria de armas de fuego y municiones en situación de ilegalidad, por parte de sus poseedores, sin detrimento de los procedimientos urgentes y necesarios que deberán realizarse para lograr el desarme forzoso de grupos armados al margen de la Ley, a efectos de la implementación de la acción nacional para el desarme correspondiente”.

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ACUERDO EN REPUDIO A LA DESINCORPORACIÓN DE DIPUTADOS AL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO ZULIA

Con este acuerdo se ratifica la condición de diputados integrantes del Consejo Legislativo del estado Zulia, Eduardo Labrador, Zenaida Fernández y José Vielma; instándolos a que continúen desempeñando las funciones que la población zuliana les atribuyó.

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ACUERDO EN DESCONOCIMIENTO DE LA SENTENCIA DE LA SALA PLENA DEL ILEGÍTIMO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA QUE PRETENDE INCRIMINAR AL PRIMER VICEPRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL, DIPUTADO EDGAR JOSÉ ZAMBRANO RAMÍREZ Y EN DESCONOCIMIENTO DE CUALESQUIERA ATENTADOS EN CONTRA DE LA INMUNIDAD PARLAMENTARIA DE LOS DIPUTADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL

El decreto rechaza el fallo que busca comprometer la responsabilidad de Edgar Zambrano, primer vicepresidente de la AN; pues los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) son “ilegítimos”, salvo “los magistrados designados por esta Asamblea Nacional en la sesión de fecha 21 de julio de 2017”. En este caso, se desconoce cualquier acto llevado a cabo por órganos del Poder Público que tenga la intención de allanar la inmunidad parlamentaria de los legisladores del Congreso.

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ACUERDO DE AGRADECIMINETO POR LA SOLIDARIDAD DE LA UNIÓN EUROPEA Y SU PARLAMENTO CON LA DEMOCRACIA VENEZOLANA

El acuerdo agradece a la Unión Europea (UE) su solidaridad con la búsqueda de la democracia en Venezuela y su intención de denunciar, mundialmente, el “irrespeto violatorio de la inmunidad parlamentaria”.

Asimismo, exhorta a la UE y su Parlamento “a seguir acompañando el camino de la una solución pacífica, constitucional y democrática, para todos los venezolanos”.

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ACUERDO PARA RESTABLECER LA VIGENCIA DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS Y LA PROTECCIÓN INTERNACIONAL QUE OFRECEN LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Y LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

El decreto procura:

“Dejar sin efecto, ab initio y como si nunca hubiese tenido lugar, la denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos presentada el 10 de septiembre de 2012, ante la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (OEA) por el entonces Ministro del Poder Popular para las Relaciones Exteriores de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, por órdenes e instrucciones directas del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías; y reafirmar la declaración depositada ante el Secretario General de la OEA el 24 de junio de 1981, de conformidad con el artículo 62.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que reconoce de manera incondicional como obligatoria de pleno derecho y sin convención especial, la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre todos los casos relativos a la interpretación o aplicación de esta Convención, como si nunca hubiese tenido lugar la denuncia presentada, ello es, de manera retroactiva al 10 de septiembre de 2013, fecha en que habría entrado en vigor dicha denuncia, en adelante. Se reafirma asimismo la declaración depositada ante el Secretario General de la OEA el 9 de septiembre de 1977, de conformidad con el artículo 45 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que reconoce la competencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para examinar comunicaciones en las que un Estado Parte, alegue que otro Estado Parte, ha incurrido en violaciones a los derechos humanos establecidos en la Convención”.

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ACUERDO SOBRE LA ESCASEZ DE COMBUSTIBLE EN VENEZUELA

Se trata de un decreto que responsabiliza “única y directamente al régimen usurpador de Nicolás Maduro y a quienes detentan ilegalmente a la Junta Directiva” de Pdvsa, por haber originado la crisis de gasolina que padece Venezuela.

De igual manera, el acuerdo hace un llamado a los venezolanos para organizar manifestaciones pacíficas, activas y de calle, junto a la AN y la presión diplomática internacional, para lograr el cambio político en el país.

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ACUERDO EN RECHAZO AL FRAUDE ELECTORAL DEL 20 DE MAYO DE 2018, QUE MANTIENE INMERSO EN LA CRISIS MÁS GRANDE DE SU HISTORIA, AL PUEBLO VENEZOLANO

Tal acuerdo declara como nula “la farsa” que se realizó el 20 de mayo de 2018; valorando el acto como “el mayor fraude continuado a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”. Debido a la ejecución del “fraude electoral” se originó la “usurpación de la Presidencia de la República”.

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ACUERDO QUE ALERTA EL RIESGO DE CATÁSTROFE HUMANITARIA EN VENEZUELA A RAÍZ DEL AGRAVAMIENTO DE LA EMERGENCIA HUMANITARIA COMPLEJA

El decreto va dirigido al mundo para generar una advertencia sobre el riesgo de una posible catástrofe humanitaria en Venezuela. Por ello, se pide “mayor celeridad e independencia” de los organismos y organizaciones unilaterales que organizan los procesos de distribución de la asistencia humanitaria.

Además, se solicita a los gobiernos democráticos que ejerzan presión y empleen acciones contundentes para que “los usurpadores dejen de condenar a muerte a los venezolanos” y atiendan la crisis humanitaria.

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ACUERDO SOBRE LA CREACIÓN DEL MONITOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL

El decreto establece la creación de un Monitor de Servicios Públicos para la recopilación y difusión de la información  oficial y veraz vinculada a la prestación de servicios públicos en el territorio nacional.

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ACUERDO CON MOTIVO DE LA VISITA DE LA ALTA COMISIONADA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS, MICHELLE BACHELET

Este acuerdo manifiesta el apoyo a la alta comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, en su labor por restituir la vigencia de los derechos humanos de los venezolanos y colaborar a evitar que la emergencia humanitaria conduzca a una catástrofe humanitaria.

Asimismo, pide su intervención para la liberación de presos políticos como Edgar Zambrano y Juan Requesens, diputados de la AN, y todos aquellos que están encarcelados por el gabinete de Maduro.

Igualmente, reitera la necesidad urgente de la entrada de asistencia humanitaria para aliviar la crisis.

También hace una petición para materializar una Oficina Nacional de la Alta Comisionada en el país, para fortalecer “el sistema de prevención de las violaciones de los Derechos Humanos, así como su promoción y protección en nuestro territorio”.

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ACUERDO PARA LA GARANTÍA DE TRANSPARENCIA EN EL MANEJO DE LOS RECURSOS DESTINADOS A LA ASISTENCIA DEL CIUDADANO PROFESIONAL MILITAR Y FUNCIONARIOS DEL ORGANISMOS DE SEGURIDAD, QUE DECIDIERON ACTUAR PARA REPONER EL ORDEN CONSTITUCIONAL

A través de este acuerdo, se ratifica el compromiso de la AN en su combate contra la cleptocracia. Por ello, “rechaza cualquier manejo irregular del patrimonio público y, en general, cualquier ejercicio arbitrario de funciones inherentes al Estado”.

Por otra parte, determina la creación de una Comisión Especial destinada al seguimiento de la cooperación internacional, relacionada a la ayuda humanitaria, integrada por los jefes de fracciones de la AN; además, estructurar otra comisión encargada de proponer un procedimiento de designación de un Contralor Especial.

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ACUERDO CON MOTIVO DE LAS DETENCIONES ARBITRARIAS, TORTURAS Y TRATOS CRUELES Y DEGRADANTES APLICADOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRAINTELIGENCIA MILITAR Y OTROS CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO, Y EL ASESINADO DEL CAPITÁN DE CORBETA, RAFAEL ACOSTA ARÉVALO, COMO PARTE DE LA POLÍTICA DE COERCIÓN DEL RÉGIMEN

Este acuerdo condena la actuación de las fuerzas de seguridad del Estado, que actúan violando el Estado de Derecho y ¡las más elementales normas de respeto a los derechos humanos.

De igual forma, solicita al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas la conformación de una comisión internacional independiente e imparcial para investigar todo lo referente a la muerte del capitán de corbeta, Rafael Acosta Arévalo.

En ese sentido, exige a Michelle Bachelet, alta comisionada de la ONU para los Derechos Humanos la aplicación del Protocolo de Estambul. Se trata de un Manual para la Investigación y Documentación Eficaces de la Tortura y Otros Tratos o Penas  Crueles, Inhumanos y Degradantes.

De igual forma, pide que se desarrollen las gestiones pertinentes para que la Cruz Roja Internacional evalúe las condiciones de reclusión y estado de salud de los presos políticos de Venezuela.

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ES IMPORTANTE DESTACAR QUE ESTO ES UNA MUESTRA ALEATORIA QUE DEJA VER LA DUPLICIDAD DE PODERES QUE SE HA VENIDO PRESENTANDO EN EL PAÍS. SIN EMBARGO, NO SE ESTÁ EXPONIENDO LA TOTALIDAD DE SUS DECISIONES

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